viernes, mayo 05, 2006

 

Policía, regulación y discrecionalidad

Tras la última anotación, me encuentro con que la Comisión Europea ha decidido pedir explicaciones al Gobierno español por la medidas adoptadas a raíz de las OPAs sobre Endesa, de las que dice, confieran excesiva discrecionalidad, casi un cheque en blanco al regulador. Obviamente, la discrecionalidad excesiva es rechazable en todo regulador, por lo que ésta es una cuestión que obliga a pensar.

Si el regulador se moviera en el ámbito del fomento, o incluso en el de los servicios públicos, podríamos aceptarle un cierto margen de discrecionalidad. Pero hemos dicho que lo hace en el ámbito de la policía y aquí las cosas cambian. Lo esencial de la policía es retringir forzosamente la libertad de los sujetos a ella; esta restricción solo puede hacerse "en nombre de la ley" y según lo que esta diga, es decir, cn poca o ninguna discrecionalidad y siempre justificando la limitación impuesta ante los controles jurídicos pertinentes (en la vía administrativa o ante los Tribunales de Justicia). Aunque a veces parece que los policías actúan con discrecionalidad, por ejemplo, al ordenar el tráfico, en lo sustantivo eso no es correcto; lo que hacen es responder a situaciones concretas como medidas concretas, decididas en el momento, pero tales medidas deben ser consistentes con la realidad y las normas que la regulan y pueden ser sometidas a enjuiciamiento.

Lo mismo ocurre con los reguladores: sus medidas limitadoras deben ser consistentes con la regulación, y poder ser enjuiciadas. En cuanto la discrecionalidad impida tal enjuiciamiento debe ser rechazada: los que ejercen funciiones de policía ejecutan la ley, no se la inventan. La advertencia europea sobre el caracter inaceptable de los "cheques en blanco" a los reguladores tiene mucho sentido.

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